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Referencia de fletes

Incoterms 2020: dónde cambian de manos el coste y el riesgo

Cada uno de los once términos marca el punto en que el vendedor deja de pagar y empieza a hacerlo el comprador. El flete, el riesgo, el seguro y los aranceles no siempre se transmiten a la vez. Abre un término para ver hasta dónde llega realmente esa regla.

Incoterms® es una marca registrada de la Cámara de Comercio Internacional. Chinese Brothers ha redactado esta página como resumen práctico.

Once términos

Primero las reglas para cualquier modo, después las marítimas

Para carretera, ferrocarril, aéreo y marítimo

EXW El comprador contrata el flete principal

En fábrica

La mercancía permanece en las instalaciones del vendedor hasta que el comprador la recoge. Los trámites de exportación, el trayecto, el seguro y los aranceles de ambos extremos corren a cargo del comprador.

  • Transporte Comprador, desde las instalaciones del vendedor
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles Comprador (exportación e importación)
FCA El comprador contrata el flete principal

Franco transportista

El vendedor entrega la mercancía despachada para la exportación al transportista o en el lugar que indique el comprador. A partir de esa entrega, el comprador gestiona el envío.

  • Transporte Vendedor, hasta el transportista o lugar designado
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación
CPT El vendedor contrata el flete principal

Transporte pagado hasta

El vendedor paga el transporte hasta el lugar convenido. Aun así, el riesgo pasa al comprador en cuanto el primer transportista recibe la mercancía.

  • Transporte Vendedor, hasta el destino convenido
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación
CIP El vendedor contrata el flete principal

Transporte y seguro pagados hasta

El mismo reparto que CPT y, además, el vendedor debe asegurar la mercancía para el comprador hasta el lugar convenido con la cobertura amplia a todo riesgo.

  • Transporte Vendedor, hasta el destino convenido
  • Seguro Vendedor, cobertura alta, para el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación
DAP El vendedor contrata el flete principal

Entregado en un punto

El vendedor asume el coste y el riesgo hasta que la mercancía llega al lugar convenido, aún cargada. El comprador se encarga del despacho de importación.

  • Transporte Vendedor, hasta el lugar convenido
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación
DPU El vendedor contrata el flete principal

Entregado en un punto descargado

Llega al mismo lugar que DAP y, además, el vendedor paga la descarga allí y asume su riesgo.

  • Transporte Vendedor, hasta el lugar convenido, descargado
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación
DDP El vendedor contrata el flete principal

Entregado con derechos pagados

La mayor obligación para el vendedor. La mercancía llega al lugar convenido ya despachada para la importación, con aranceles e impuestos liquidados.

  • Transporte Vendedor, en todo el trayecto
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles Vendedor (exportación e importación)

Reglas solo para carga en buque o barcaza

FAS El comprador contrata el flete principal

Franco al costado del buque

El vendedor coloca la mercancía despachada para la exportación al costado del buque en el puerto de carga convenido. El comprador la recoge en el muelle.

  • Transporte Vendedor, hasta el costado del buque
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación
FOB El comprador contrata el flete principal

Franco a bordo

El vendedor carga la mercancía en el buque que designa el comprador. El riesgo se transmite una vez a bordo.

  • Transporte Vendedor, hasta la carga a bordo
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación
CFR El vendedor contrata el flete principal

Coste y flete

El vendedor paga el flete marítimo hasta el puerto de llegada convenido. Aun así, el riesgo se transmite cuando la mercancía se carga a bordo en el puerto de origen.

  • Transporte Vendedor, hasta el puerto de destino
  • Seguro Lo decide el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación
CIF El vendedor contrata el flete principal

Coste, seguro y flete

El mismo reparto del flete que CFR y, además, el vendedor contrata para el comprador al menos un seguro mínimo hasta el puerto de llegada.

  • Transporte Vendedor, hasta el puerto de destino
  • Seguro Vendedor, cobertura mínima, para el comprador
  • Aranceles El vendedor despacha la exportación y el comprador la importación

Los contratos antiguos pueden citar todavía términos retirados. DAT (Delivered at Terminal) pasó a ser DPU en la edición de 2020. De la edición de 2000, DAF, DES, DEQ y DDU se integraron en las reglas D anteriores.

A lo largo de la ruta

Una regla de puerta a puerta

Elige un término. Las barras muestran hasta dónde sigue pagando el vendedor el transporte, el seguro y los aranceles antes de que asuma el comprador.

Vendedor Comprador
Transporte en origen Puerto de origen Cargando Flete marítimo Descarga Puerto de llegada Transporte final
Coste del vendedor Coste del comprador
Transporte
Seguro
Aranceles

Se muestra En fábrica (EXW). La menor obligación para el vendedor: la mercancía espera en sus propias instalaciones a que el comprador la recoja.

Preguntas

Lo que los términos no deciden

Reparten el transporte, el riesgo, el seguro y los trámites aduaneros entre vendedor y comprador. No transmiten la propiedad de la mercancía ni fijan el precio. Esos puntos corresponden al contrato de compraventa.

Solo cuando el contrato las cita, por ejemplo "FOB Shanghai, Incoterms® 2020". Son un conjunto que ambas partes eligen usar, no una ley que se aplique automáticamente.

Sí. La revisión de 2020 no derogó las reglas de 2010. Cualquiera de las dos es válida si el contrato indica a qué edición se refiere.

Por costumbre. FOB y CIF siguen figurando en muchas reservas de contenedores, aunque FCA y CIP se ajustan mejor a la carga en contenedor. El riesgo se transmite cuando el contenedor se entrega al transportista, no cuando se carga el buque.